jueves, 7 de diciembre de 2017

5 COSAS QUE DEBES SABER PARA ESTAR AL DÍA EN TUS APORTES A SEGURIDAD SOCIAL

Para emprendedores, marcas personales y profesionales independientes



Emprendedor no es sinónimo de empresario, un emprendedor puede tener una iniciativa o estar trabajando en uno o varios proyectos, identificando oportunidades y buscando la forma de planear y ejecutar de la mejor manera su idea (de cualquier tipo). Un emprendedor no necesariamente tiene una empresa constituida. Uno de los temas que puede resultar muy confuso para los emprendedores que aún no la tienen o que la tienen, pero adicional a esto son una marca personal y que son contratados no como empresa, sino como persona para dar clases, asesorías, conferencias y demás, el tema resulta complejo o no se le da la importancia que merece y se puede caer en varios errores como me pasó en los últimos meses.

Es por esto que como reto me propuse aprender más de este tema en cuanto a los procesos pequeños y desconocidos de lo relacionado con aportes a seguridad social para profesionales independientes. En mi post de hoy quiero compartirte 5 cosas que aprendí  sobre los aportes a seguridad social que te servirán a ti o a alguien cercano.

Mi invitado especial es  Luis Carlos Salcedo, Ejecutivo de Afiliación de EPS de una importante compañía del país, quien me explicó que debo tener en cuenta para mi modalidad de trabajo ya que tengo múltiples contratos.

1. Modalidad de Contratación

En cuanto a la afiliación a la EPS, la modalidad de contrato puede darse como independiente, dependiente o independiente con contrato.

Como contrato dependiente entra toda contratación directa con una empresa y también puede ser el caso de la afiliación con algunas empresas tramitadoras de los aportes (intermediarios), las cuales vinculan al profesional como “dependiente” de ellas para poder hacer el trámite.

Independiente con contrato, se hace la vinculación con contrato en mano y se cotiza exclusivamente por la prestación de servicios de ese contrato.

Cuando una persona tiene la posibilidad de múltiples contratos por prestación de servicios, se recomienda vincularse como “independiente” y cotizar por la sumatoria de los contratos del mes o el del tope más alto y no por cada contrato independiente como es el caso de vinculación por contrato independiente.

Revisa en la página de tu EPS el historial de vinculaciones y asegúrate de no tener más de 3 vinculaciones o contratos,  ya que esto hará que aumente tu rango y el valor que debes cotizar.

2. Cobertura de los aportes según contratación Fecha de ingreso y de retiro

Cuando te vinculas como “independiente” puedes pagar mes a mes si tus contratos son frecuentes, pero cuando te vinculas como independiente y tus contratos son intermitentes cada vez que vayas a vincularte tienes que hacer el trámite de ingreso y de retiro a tu vinculación y asegurarte de legalizarla (Punto 4)

Este último es mi caso, para el cual estoy vinculada como “dependiente” con mi empresa, pero para conferencias y capacitaciones, unas en un mes y en otros no, debo hacer la vinculación como “independiente” y el retiro durante la temporada que las tenga.

También algo que se debe tener en cuenta es que en el caso de conferencias y capacitaciones por horas, el total pueden ser 3 horas en todo un mes, entonces en este caso debes asegurarte de que se te liquide por el tiempo contratado y no por todo un mes.

3. Liquidación de la planilla

Entre las diferentes formas de liquidar tu planilla está: buscar un intermediario que lo haga por ti o hacerlo tú mismo.  Puedes ir directamente a una empresa que liquide como lo es SIMPLE o puedes hacerlo directamente en Internet con aportes en línea.

Si liquidas como independiente debes tener en cuenta que el hecho de liquidar no significa que quede legalizado tu pago en la EPS. Por ejemplo si eres dependiente de una empresa y adicional a esto liquidas tu planilla como independiente, quiere decir que el pago se efectúe a tu EPS o ARL. Debes ir a las oficinas y decir que te vas a vincular como independiente con tu fecha de retiro.

Desde hace 10 años he utilizado la modalidad de intermediarios pero siempre he tenido inconvenientes especialmente cuando solicitaba mis certificados, planillas y demás. Por eso decidí hacerlo particular y estar segura de estar aportando donde debo hacerlo.

4. Legalización de tu vinculación

Esta parte es fundamental y es donde creo hay más desinformación, algunas personas liquidan como independientes y creen que tienen legalizado el pago en la EPS. En el caso por ejemplo de docentes que tienen un contrato como “dependiente” pero que dictan capacitaciones por fuera de su lugar de trabajo, deben liquidar planilla como “independientes”, pero esto no quiere decir que quede legalizado el pago de la planilla a la EPS. Este pago queda en “el limbo” mientras se legaliza.

El documento generado sirve para soportar las cuentas de cobro y que se pague por su trabajo, también tendrán activa su EPS porque la empresa (donde tienen el contrato como dependiente) la está pagando. Pero el dinero que se aportó a la EPS por ese pago independiente, no entra a ningún lugar.

De igual manera sucede con la ARL, para poder liquidarlo en tu planilla como “independiente” será requisito ir a las oficinas afiliarte y retirarte.

5. Organiza tu plan de trabajo

Aunque este es un tema que los emprendedores, las marcas personales y los profesionales independientes dejamos para lo último es importante saberlo para hacer las cosas bien y garantizar que los pagos se estén haciendo como debe ser. Para la mayoría de las personas el tema no es tan complejo porque tienen contrato “dependiente”  o contrato “independiente” pero algunos tenemos las tres modalidades de contratos.

Mi recomendación es que, teniendo en cuenta tu actividad económica hagas un plan de qué es lo mejor y estratégico para hacer la liquidación de tus pagos.

En el caso de ARL, existe la posibilidad que la empresa a la que realices la prestación del servicio, sea la que te pague la ARL, ella misma te afilia y te retira, pero esto deberá quedar en tu contrato. De lo contrario como independiente te tocará afiliarte y retirarte cada que vayas a prestar el servicio durante determinado tiempo.

Si tu caso es que definitivamente no tienes un contrato laboral (tu propia empresa), donde te vincule como “dependiente” lo mejor es que te programes para afiliarte como independiente y hacer tus pagos mes a mes.

Por último como me recomendaron mis contactos, si tu caso es que eres independiente y tienes un tipo de servicio que puedes prestar a través de tu empresa, constituir una S.A.S es una buena alternativa para ti.


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